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Araceli Susunaga

¡Que no te sorprenda! (Segunda parte)

Ser previsor y estar preparado ante cualquier eventualidad que pueda presentarse en nuestra vida, dice mucho de nosotros. Un accidente, una enfermedad terminal avanzada o simplemente porque acostumbramos a organizar nuestros asuntos, será de gran ayuda a quienes dejamos.



Como mencioné en la edición anterior, hace algunos meses mi amiga Betty perdió a su padre, se enfrentó y sigue enfrentando situaciones no previstas. Su experiencia completó este artículo, así que muchas gracias por su contribución nuevamente.


Si tenemos propiedades muebles o inmuebles, deudas, negocios, etc., tener todo en orden hará que nuestros sobrevivientes tengan menos asuntos o situaciones por arreglar. Aquí algunas recomendaciones a considerar:




  1. Hacer un escrito dando las indicaciones precisas e información importante. 

  2. Tener bien organizados TODOS los documentos. Por ejemplo:

  3. Documentación del o los vehículos de su propiedad – copia del título de propiedad, datos de la financiera, estados de cuenta, direcciones, números telefónicos, etc.

  4. Documentación que compruebe la propiedad de la casa o departamento – comprobantes de pago, datos del banco, dirección, números telefónicos, escritura de propiedad o la provisional si la está pagando aún, los comprobantes de pagos realizados, estado de cuenta, etc.

  5. Documentación con las condiciones de pago, en caso de haber contraído alguna deuda con terceras personas, físicas o morales.  Si se debe seguir pagando, comprobantes de pago realizados, dirección y número telefónico de quien otorgó el crédito, entre otros.

  6. Si tiene contratado de servicio telefónico, de internet o cualquier otro servicio a su nombre, es importante dejar comprobantes de pagos realizados, fechas de pago, dirección, números de teléfono, etc. Dejar indicaciones por escrito si se seguirá pagando lo que se debe y quién debe hacerlo, si es necesario cambiar de nombre el servicio que le están prestando, etc.

  7. Tener un seguro o acuerdo liquidado con alguna funeraria que preste sus servicios y con la administración del cementerio.

  8. Hacer un testamento o un contrato de cesión a quién o quiénes les heredaremos o cedemos la o las propiedades.


No son todas, pero si algunas acciones a realizar y dejar claras en caso de que la muerte nos sorprenda. 


¡Más vale estar preparados!


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